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Carta dirigida al Señor director del Hospital "San Luis" Dr. Rafael García Finger.
 

 

Señor
Director del Hospital
“San Luis”
Dr. Rafael García Finger
S________/_________D
                                                    Me dirijo a Usted como Presidente de la Asociación de Obstétricas Argentinas ante la situación que se ha venido produciendo en el Hospital que Usted dirige, expresándole la preocupación de nuestra Institución ante algunos hechos que denotan un singular menoscabo y discriminación de la labor profesional desarrollada en el mismo por nuestras colegas obstétricas.

                                                    Creemos firmemente desde esta Asociación que es imprescindible el reconocimiento a la labor realizada por nuestras compañeras, el respeto a la profesión y la correcta atribución de las tareas a realizar por las mismas a los efectos de evitar que mediante prácticas incorrectas no se preserve el ejercicio legal de la Medicina, acorde la Ley 17.132 de la Nación y la Ley 11.745.
 
                                                 Por ello, y a efectos de que la norma se encuentre reflejada en la práctica diaria del hospital que Usted dirige es que deseamos recordarle que:
 
                                                Es imprescindible a los efectos de resguardar la correcta atención de las pacientes que al ser llamada la obstétrica al servicio de asistencia de guardia, previamente sea realizada por el médico la anamnesis precoz de la embarazada, aportando telefónicamente los datos imprescindibles tales como número de gesta, la semana de gestación, visualización de pérdidas por genitales externos, registro de los signos vitales, motivo de la consulta y cualquier otro dato que pudiera ser de valor para la mejor atención de la paciente.
Las actividades que realizarán las obstétricas serán de control del embarazo, trabajo de parto, parto, alumbramiento y puerperio inmediato, todo ello en situación normal (no patológica).
Se requerirá en todo momento la presencia del médico especialista en Obstetricia en caso de considerarse necesario.
Los monitoreos a realizarse serán conforme lo prescripto por los médicos obstétricos, una vez realizados éstos, deberán ser informados por el médico interviniente.
En los casos de asistencia de guardia y Sala de Internación, las obstétricas acudirán a los llamados de asistencia a partir de la semana 35 de gestación.
   
                                               Es importante destacar que el establecimiento de otras actividades para las obstétricas debe ser siempre teniendo en cuenta las incumbencias profesionales de las mismas, no pudiendo ser de ninguna manera ampliadas sin el riesgo de incursionar en el ejercicio irregular de la Medicina y con ello en la posibilidad de la sanción profesional de nuestras compañeras.
 
                                               Con relación a la Nota enviada al Director del Hospital en fecha 1 de Enero de 2006, brindamos nuestro apoyo a los efectos de salvaguardar las funciones de los distintos profesionales intervinientes en el equipo de salud.

Comisión Directiva